Las leyes “Liberticidas”

Las leyes favorables al mantenimiento de Stroessner en el poder, y dirigidas al control y eliminación de los críticos y opositores de su gobierno, provenían del mismo. El Parlamento aprobaba los proyectos redactados y remitidos por el Poder Ejecutivo. Así fue como bautizaron a varias leyes liberticidas. Entre ellas mencionamos las siguientes:

· Ley N° 209/70, “Defensa de la paz pública y libertad de las personas”.

- Esta ley castiga:

· Provocar tumultos;

· ocupar cualquier establecimiento público o privado;

· cometer calumnia o difamación contra el Presidente de la República;

· predicar el odio entre paraguayos (no obstante el diario Patria lo hacía);

· incitar públicamente la violencia a pesar de que “La Voz del Coloradismo”, audición radial que emitía diariamente la Asociación Nacional Republicana, lo hacía, entre otras cosas.

· Decreto-ley Nº 11.321/45, de prevención policial

Establecía que los funcionarios policiales tenían atribuciones que competen a un juez, la misma estaba reglamentada por ley. Entre estas atribuciones se hallaba la de conservar incomunicado al delincuente si la investigación criminal así lo exigiere.

Efectos de este decreto:

Los policías podían instruir sumarios. En la prisión, la policía tomaba las declaraciones del detenido bajo tortura, éste era obligado a firmarlas, sin posibilidad de defensa. (en la actualidad se tiene derecho a un abogado).


- El juez fundamentaba su sentencia en la palabra de la policía, por ello, varios jueces dictaron sentencias de condena basados solamente en estos sumarios policiales, el famoso parte policial. Muchos fueron condenados con base al documento emitido por la policía (no podían presentar pruebas).


· Ley Nº 323/55 de "Garantías de Fueros”


Esta Ley, data de los comienzos del régimen. Tiende a salvaguardar en sus funciones y mandatos a los miembros de la Cámara de Representantes, Consejo de Estado, Corte Suprema de Justicia, Tribunal de Cuentas, Tribunal de Apelaciones, Jueces de Primera Instancia, Fiscalía General del Estado, Agentes Fiscales, Defensoría General de Menores.



Esto hacía intocables e invulnerables a los que estaban en el poder, daba una protección y una impunidad e imposibilidad de ser castigados en la práctica.


· Ley Nº 621/60, de reforma del Cap. III del Código Penal.


La Ley 621/60 endurece los castigos a los delitos contra la seguridad interna del estado, y estos son:

- Rebelión: alzarse a mano armada;

- sedición: alzarse con arma o sin ellas;

- motín: reunirse y exigir a gritos algo a las autoridades;

- asonada: cuatro personas se reúnen para causar alboroto en la población;

- proposición e instigación para cometer estos delitos.

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2 comentarios:

Unknown dijo...

Evidentemente un sistema PREPARADO para la represión de cualquier intento de emanciparse de régimen dictatorial y de perpetuar dicho régimen.

Unknown dijo...

Objetivo de la ley n 209/70

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